En Enero de 2023 España se suma a los países que han aperturado un visado especial para los teletrabajadores, también llamados “Nómadas Digitales” en el cual se estipula que pueden acceder al mismo tanto personas que trabajen remoto para una empresa en el exterior, así como también los trabajadores independientes o Freelancers.
Es un permiso de residencia que se podrá extender por un total de 5 años y que permitirá a los ciudadanos extracomunitarios (fuera de la Unión Europea) vivir y trabajar a en remoto desde España (ejerciendo actividades como nómada digital).
La Cámara Baja aprobó a principios de noviembre el proyecto de ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, conocida como ‘Ley de Startups‘, con los votos de PP, Esquerra Republicana, el PNV, EH-Bildu, PDeCAT y Teruel Existe, y abstención de Vox. Esta propuesta ha incorporado hasta 80 enmiendas, entre las que se incluyen añadir a las cooperativas al régimen de empresas emergentes, permitir el silencio administrativo positivo en el reconocimiento por parte de la Enisa (Empresa Nacional de Innovacion, S.A.) de una startup o la profundización de los criterios a la hora de evaluar el grado de innovación y de escalabilidad de un negocio. Ahora, ya se ha remitido al Senado para continuar con los trámites hasta su aprobación final.
Una de las grandes ventajas de esta residencia es la doble opción de solicitud:
- Por un lado, se puede solicitar directamente desde España con visado de turista, consiguiendo directamente la tarjeta de 3 años
- Pero, por otro lado, también permite conseguir un visado de 1 año desde el país de origen (en el consulado) para poder entrar a España y modificar posteriormente a esta tarjeta de 3 años.
¿Visado o residencia?
Quienes quieran residir en España por un periodo inferior a un año podrán solicitar un visado de teletrabajo ante las oficinas Consulares de España sin necesidad de ninguna otra gestión migratoria. En caso de solicitar una duración superior a ese tiempo, tendrán que adquirir una autorización de residencia por una validez máxima de 3 años, renovables por 2 años más.
Los años con esta tarjeta de 3 años (y sus posteriores renovaciones) cuentan tanto para la nacionalidad española como para la residencia permanente (que podrás conseguir a losa 5 años como teletrabajador en remoto en España)
Esta solicitud se deberá iniciar ante la Oficina de Extranjería (UGE) y con posterioridad solicitar un visado, si es el caso, y tarjeta de residencia (TIE). Los familiares directos podrán solicitar y obtener tanto el visado como la residencia con el titular o trabajador y dispondrán de autorización de trabajo.
¿Quién puede aplicar?
- Aquellos de la mayoría de los países que puedan acreditar que trabajan para una o varias empresas fuera de España, son profesionales cualificados con título o posgrado, un mínimo de tres años de experiencia laboral profesional relacionada y una forma de garantizar la continuidad de su trabajo durante al menos un año.
- Quienes tengan antecedentes penales limpios y nunca se les haya prohibido la entrada a España, tengan cobertura de un seguro médico privado válido a nivel nacional y acrediten el alojamiento durante la estancia en España.
- Quienes sean autónomos y presten sus servicios de forma independiente podrán dedicar el 20% de su actividad empresarial profesional a una empresa domiciliada en España.
El requisito de ingresos mínimos del gobierno para calificar para la Visa Nómada probablemente sea el doble del salario mínimo nacional en España, actualmente € 1,050 mensuales.
En busca de atraer trabajadores remotos, alrededor de 30 ciudades y pueblos de toda España se han unido a la Red Nacional de Pueblos Acogedores para el Teletrabajo (o Red Nacional de Pueblos de Acogida para trabajadores remotos) para alentar a los nómadas digitales. Todos tienen menos de 5000 residentes y buscan nuevos residentes para revitalizar sus comunidades.
El programa ofrece a los trabajadores remotos un anfitrión que puede darles la bienvenida a la ciudad o pueblo y conectarlos con la vida en la comunidad. El sitio incluye un mapa interactivo de las ubicaciones.
Ventajas de este visado
Una de las principales características de este visado es que se enmarca dentro de la Ley de Emprendedores o Ley 14/2013.
Ya hemos visto uno de las grandes ventajas que esto supone (el hecho de poder iniciar la solicitud directamente desde España como turista), pero hay más:
- En primer lugar, si solicitas este permiso disfrutarás de una resolución express en tan sólo 20 días laborales (vs los 3 meses de los permisos bajo el régimen general)
- El silencio administrativo aplicable es positivo, por lo que si no recibes notificación tras estos 20 días tu solicitud se considerará como aprobada
- Podrás incluir a tus familiares en la solicitud, pudiendo conseguir ellos también la residencia
- El tiempo con esta residencia cuenta para la residencia permanente y para la nacionalidad española
- Una vez consigas este permiso, podrás viajar libremente por toda la Unión Europea
- También te permitirá trabajar para una empresa o cliente en España (no solo en el extranjero), siempre que los ingresos de esta empresa española no superen el 20% del total de tu facturación
Beneficios fiscales
Por otro lado, los nómadas digitales que soliciten el visado bajo la nueva ley startup también tendrán grandes beneficios a nivel de impuestos.
Pues los solicitantes pueden acceder a un régimen fiscal muy favorable para todos ellos; ofreciendo una mayor flexibilidad para pagar y acceder al impuesto de la renta de no residentes (el tipo de impuestos que deben pagar ya que su centro económico de intereses no está en España).
Esto supondría una reducción en el los impuestos que estos teletrabajadores extranjeros pagarían; pues hasta los 600.000€ pagarían un 24% sobre sus ingresos derivados del trabajo en lugar a pagar un tipo progresivo que puede llegar hasta el 48% (algo muy similar a la Ley Beckham).
Por otro lado, se rebajan las condiciones para acceder a este impuesto de tipo reducido (el IRNR), pasando de 10 a 5 años el periodo requerido de no residencia fiscal en el país.
Este régimen fiscal especial puede ser solicitando hasta los 6 meses después de conseguir la autorización de residencia como nómada digital; y podrá ser disfrutado durante 5 años (posteriormente se pasaría al régimen general).
Además de todo esto, para el resto de impuestos serán considerados como no residentes a efectos fiscales.
Eso significa que no deberán tributar por el impuesto del patrimonio ni completar el modelo informativo 720; algo que sin duda agiliza la vida del extranjero en el país.
Requisitos para solicitar el visado para nómadas digitales
El listado de requisitos no es demasiado extenso, pero si es imprescindible conocerlo al detalle para entender si como solicitante cumples con todos ellos:
- En primer lugar, demostrar que se es un teletrabajador internacional desplazado en España.
- Por otro lado, será también crucial acreditar que de la totalidad de sus ingresos, los procedentes de España no suponen más de un 20%
- Demostrar que existe una relación laboral continuada de por lo menos tres meses con la empresa para la que se teletrabaja, además de demostrar que su puesto permite el teletrabajo y la empresa así lo autoriza
- Esta empresa o empresas con la/s que que el teletrabajador establece relación deben llevar operando en el mercado, por lo menos, 1 año
- Contrato de por lo menos 1 año con la empresa
- El perfil académico y profesional del solicitante debe ser suficiente. Aquí hay dos opciones. En primer lugar, haberse graduado de una universidad o escuela de negocios de prestigio; o bien demostrar experiencia previa de mínimo 3 años.
- Demostrar la posesión de fondos económicos suficientes. Hablamos de 25.000€, que puedes demostrar a través de cuenta bancaria (puede ser una cuenta bancaria extranjera); o bien a través de la percepción de un sueldo superior o equivalente.
Además, también encontramos los requisitos generales aplicables al resto de residencias:
- Aportar tu certificado de antecedentes penales con una validez mínima de 90 días
- Presentar una declaración responsable de la inexistencia de antecedentes penales en los últimos 5 años
- No tener la entrada prohibida en España
- Disponer de un seguro médico privado de salud
- Pagar la tasa 790 038
- Completar el formulario de solicitud.